QUÉ CONTEMPLAN Y QUÉ NO LAS REUNIONES FAMILIARES

En el día de ayer, se dio a conocer el decreto que habilita las reuniones familiares. Enterate de sus disposiciones.

A través del decreto N° 654/2.020 publicado ayer se autorizan las reuniones familiares en Concordia los días viernes, sábados domingos y feriados, hasta las 01:00 horas del día siguiente.

En el artículo dos se precisa que estos encuentros deben tener caracter exclusivamente familiar, sólo los días explicitados y con un máximo de 10 personas.

Además, se recomienda no asistir a personas mayores de 65 años, a quienes presenten compatibles al coronavirus o enfermedades cardíacas/respiratorias, a embarazasas, etc. También evitar el uso de transporte público.

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