La medida, que no suele ser frecuente, será «hasta el cumplimiento efectivo de las penas aplicadas», se informó.
A través de una comunicación hecha pública, el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, con fecha del 17 de noviembre, informó la resolución institucional tomada sobre la causa caratulada “BONATO CESAR ADRIAN S/ ABUSO SEXUAL -EXHIBICIONES OBSCENAS- ABUSO SEXUAL GROOMING, legajo 5256/19″.
Vale recordar que, según se informó oportunamente, el mencionado abogado fue declarado autor material y penalmente responsable del delito contra la integridad sexual y recibió una pena de tres años de ejecución condicional, en el marco de una causa llevada adelante por la fiscal Julia Rivoira.
Según precisaron fuentes tribunalicias, Bonatto estaba acusado por los delitos de «abuso sexual simple y grooming».
Al haber sido un caso de abuso «sin acceso carnal» es que accedió a una condena condicional; ya que en el caso de que fuese un delito «agravado», no contaría con esa posibilidad y la prisión debería ser efectiva.
La sentencia que recayó sobre él fue a través de un juicio abreviado, donde reconoció los hechos que se le imputaban.
Matrícula
Al respecto, el Consejo Directivo del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos resolvió «excluir de la Matrícula al letrado Cesar Adrián Bonato, conforme sentencia nº 173 del Juzgado de Garantías nº 3 de fecha 23/10/2023, hasta tanto se cumpla el plazo ( Art. 70 , 2º párrrafo)».
En el documento, se deja claro que «la presente exclusión comenzará a regir a partir del día de la fecha (17 de noviembre)» en que se dio a conocer públicamente la sanción.
Además, se instruye a «comunicar de lo resuelto al Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, a la Caja Forense de Entre Ríos y a la Sección Concordia del C.A.E.R», entidad que ya confirmó que fue notificada al respecto.