Divorcio administrativo: Abogados de Entre Ríos rechazan el proyecto de ley

El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado presentó el lunes en el Congreso de la Nación un proyecto de ley que propone que los divorcios puedan hacerse por vía administrativa, sin necesidad de generar un expediente judicial. “Se propone implementar un divorcio simplificado, con mayor libertad y menos oneroso, permitiendo de esta manera a los cónyuges, a través del divorcio administrativo, disolver su vínculo matrimonial de mutuo acuerdo por una vía más simple, más rápida y más económica”, dice la iniciativa, que enseguida generó polémica y voces encontradas.

A nivel país en general fueron los abogados quienes manifestaron su desacuerdo. Desde el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER) emitieron un comunicado en la misma línea que sus colegas de otras provincias, expresando “el rechazo total al proyecto que busca implementar como causal la disolución del vínculo matrimonial en sede administrativa”, y remarcaron: “Desde el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos exhortamos los legisladores a rechazar el proyecto de ley y proteger los derechos de la sociedad”.

En este sentido, argumentaron que “el divorcio implica la disolución de un vínculo familiar y patrimonial que tiene trascendentes efectos para los cónyuges, sus hijos y terceros, por lo que exige siempre la intervención de los profesionales del Derecho para asistirlos y de los órganos del Poder Judicial para asegurar imparcialidad en su consideración y decisión” y afirmaron que “este proyecto de ley atenta contra la seguridad jurídica y reduce las garantías fundamentales del debido proceso”.

Finalmente, explicaron: “Buscamos el resguardo y protección de los derechos de las personas que pueden verse afectadas por la supresión de las instancias judiciales donde se garantiza la seguridad, certeza e imparcialidad de la modificaciones de sus estados personales y patrimoniales en el ámbito jurídico”.

Impacto del divorcio administrativo

De aprobarse el proyecto de ley que se presentó al iniciar esta semana –firmado por el presidente Javier Milei, el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos–, se modificará el artículo 435 del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo el divorcio en sede administrativa como una de las causales de disolución del matrimonio. Actualmente, la ley sólo reconoce como causas “la muerte de uno de los cónyuges, la sentencia firme de ausencia con presunción de fallecimiento, y el divorcio declarado judicialmente”.

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