Rufino Pablo Baggio, Enzo Federico Vignale, Raúl Álvaro Morist y Rachinsky; Esteban Ricardo Morist y Rachinsky, Julián Marcelo Luraschi; Amelia Marta Barinotto: y a José María Vicenti, todos ciudadanos domiciliados en la ciudad de Rosario, son los primeros sindicatos como autores de los incendios en las islas del Delta de Entre Ríos, cuyos efectos han sido reprochados por intendentes de varias ciudades de Santa Fe, y motivó la presentación de una denuncia penal por parte del ministro de Ambiente de la Nación, Juan Cabandié.
En ese listado, se destaca Rufino Pablo Baggio. Es el nombre de un descendiente del socio fundador de RPB SA, la firma controlante de Jugos Baggio, de Gualeguaychú, hoy envuelta en una tensa interna familiar que se dirime en el Juzgado Federal de Gualeguaychú, a cargo de Hernán Viri.
Según publicó el diario Infobae, RPB SA nació hace 60 años en Gualeguaychú, fruto de la visión de sus fundadores, María Celia Munilla y Rufino Pablo Baggio. El matrimonio tuvo cuatro hijos: Rufino Pablo hijo, “Pino”, Alejandro, Aníbal yCelia María. Cuando el patriarca murió, su viuda cedió sus acciones y la operación de la empresa a sus cuatro hijos, pero se quedó con el poder de designar cargos en el directorio. Celia María le vendió su 25% a su hermano “Pino”, quien así obtuvo la mayoría accionaria. Pero el presidente de la compañía es Alejandro. Aníbal, el otro accionista, estaría alejado del día a día del negocio.
Mediante un oficio emitido desde el Juzgado Federal 2 de Paraná, se notificó a un grupo de personas de la acusación por “incendios y otros estragos” en la causa que se lleva adelante por las quemas ilegales en la zona de las islas del Delta, próximas Victoria. La acción judicial se tomó como derivación de la solicitud de “acción preventiva de daños ambientales”, recomposición y urgente “medida cautelar” para frenar los incendios en los humedales que hicieran las ONG’s Cuenca Río Paraná y Foro Medio Ambiental.
Fabián Maggi, uno de los abogados patrocinantes, confirmó a ERA Verde que también se presentaron como querellantes en la causa penal.
Bajo la carátula “s/Incendio u otro estrago (art.186 inc.1) y atentado contra la seguridad de naves o aeronaves”, que dentro del Código penal castiga a quien “causare incendio, explosión o inundación” y reprime “con reclusión o prisión de tres a diez años (quien con agravantes), si hubiere peligro común para los bienes”, se notificó a quienes serían los responsables de los campos donde se han producido incendios en la zona del Delta.
Las quemas iniciadas a principio de año y que recrudecieron sucesivamente a mediados de mayo, junio y principios de julio, se han extendido sin freno, causando un grave daño a la biodiversidad de los humedales del sur entrerriano, así como y la salud de los vecinos de las localidades aledañas impactadas por las humaredas tóxicas en Entre Ríos, Santa Fe y Buenos Aires.
En el escrito se notifica a Rufino Pablo Baggio, Enzo Federico Vignale; Raúl Álvaro Morist y Rachinsky; Esteban Ricardo Morist y Rachinsky, Julián Marcelo Luraschi; Amelia Marta Barinotto: y a José María Vicenti, todos ciudadanos domiciliados en la ciudad de Rosario. Según el texto al que accedió ERA Verde, se los acusa por la posible comisión de los delitos previstos y reprimidos por el Código Penal de acuerdo a los artículos 186º incisos 1° y 3° (del capítulos de delitos contra la seguridad pública) y 194º (del capítulo que pena los delitos contra la seguridad del tránsito y de los medios de transporte y de comunicación) y también por la infracción a la ley 24.051 de Residuos Peligrosos.
En diálogo con el abogado de Foro Medio Ambiental, Fabián Maggi, confirmó la incorporación de esta notificación a la causa mediante oficio electrónico el pasado 6 de julio, y que las entidades que representa además de llevar adelante la causa civil por prevención y recomposición del daño ambiental, también se presentarán como querellantes en esta causa penal.
Antecedentes
Como se recordará, el juez Daniel Alonso, a cargo del Juzgado Federal 2 de Paraná, dispuso el 1° de julio tener por promovida la “acción preventiva de daño ambiental de incidencia colectiva”, así como de “recomposición ambiental e indemnización sustitutiva” solicitada por Cuenca Río Paraná y Foro Medio Ambiental. El magistrado también ordenó ante la cautelar requerida, “la prohibición absoluta de acciones humanas con capacidad para alterar el medio ambiente, especialmente la quema de recursos naturales, actividades que impliquen riesgo de incendio aún de carácter accidental; construcción de diques y terraplenes de cualquier naturaleza o realización de actividades que pongan en riesgo el ecosistema identificado en la demanda”.
Por otro lado el juez Alonso libró oficios al gobernador de Entre Ríos, al intendente de Victoria, a los jefes de Gendarmería Nacional de Rosario y Paraná, así como a los responsables de los destacamentos de Prefectura Naval Argentina con asiento en Victoria y Rosario, y del mismo modo a las jefatura Departamental Victoria “a quienes se les hará saber que deberán poner en marcha un sistema capaz de prevenir nuevos incendios y/o endicados y/o terraplenes dentro del humedal a que refiere la demanda”, se especificó en el escrito.
Según el texto, se los acusa por la posible comisión de los delitos previstos y reprimidos por el Código Penal de acuerdo a los artículos 186º incisos 1° y 3° (del capítulos de delitos contra la seguridad pública) y 194º (del capítulo que pena los delitos contra la seguridad del tránsito y de los medios de transporte y de comunicación) y también´´en por la infracción a la ley 24.051 de Residuos Peligrosos.
Fuente: Entre Ríos Ahora