Así se informó desde la Secretaría de Industria y Comercio, dependiente del Ministerio de Producción, Turismo y Desarrollo Económico, siendo la fecha límite para actualización y registro el día 30 de abril de 2020.
El Registro de Establecimientos Industriales de la Provincia Entre Ríos es online, gratuito y de obligatoria inscripción para las personas humanas o jurídicas (empresa y/o explotaciones unipersonales) que desarrollen o pretendan desarrollar actividades industriales en el territorio entrerriano.
Cabe destacar que el mismo consiste en una inscripción única y renovaciones anuales por medio del llenado de un formulario online que reviste el carácter de Declaración Jurada (DDJJ), más la presentación de documentación respaldatoria, validadas las cuales, el establecimiento contará con un Certificado Anual que constará de la realización de una actividad de industria manufacturera (o sus asimilables) que le brindará el acceso directo o potencial a distintos beneficios.
Beneficios directos e indirectos
Como beneficios directos la empresa podrá presentar ante la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) para hacerse de la/s alícuota/s especiales que gravan la actividad en el Impuesto a los Ingresos Brutos, estando actualmente las Micro y Pequeñas Empresas gravadas al 0%. Por su parte, tendrán beneficios por Reintegro de Consumo de Energía Eléctrica, según sus tarifas energéticas sean uno (1), dos (2) o tres (3), obteniendo un 15 por ciento, un 8 por ciento o un 4 por ciento de reintegro, respectivamente. Finalmente, estarán exentas de las percepciones que puedan aplicar las prestadoras del servicio eléctrico en concepto de Tasas Municipales por energía eléctrica, sólo quedando como computable la Contribución Municipal a la Energía Eléctrica.
Como beneficios indirectos la empresa podrá obtener mediante la presentación del certificado anual vigente acceso a solicitudes de adhesión en carácter de industrias provinciales a todos los regímenes y propuestas que se efectúen desde la Subsecretaría de industria y/o su articulación con otros organismos.
Estos son el Régimen de Promoción y Desarrollo Industrial (Ley 10.204), Régimen de Creación, Control y Autorización de Parques y Áreas Industriales (Ley 7.957) y la Ley de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental por parte de las empresas industriales (Ley 6.260) (Certificación de Radicación, de Funcionamiento y de Habilitación Sanitaria)
Para mayor información dirigirse a Laprida 465 Piso 2 de la capital provincial, o a los teléfonos 343-4208160/4207861, o vía email a gcerutti@entrerios.gov.ar
PRENSA DE LA PROVINCIA